Insua o agra de Balai según el Mapa de términos de la feligresía de Santa María de Loureda, A Coruña (Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, PyD, 223). (C) Calvo Iglesias, Méndez Martínez y Díaz Varela, "Los paisajes culturales de agras en Galicia y su dinámica evolutiva", CEDDAR, Documento de Trabajo 20, 2010-2012.
El mapa se dibujó "en 1794 con motivo del litigio
por el Agra o Insua de Balay sita en la feligresía de Santa María de Loureda
(actualmente en el municipio de Arteixo, A Coruña) disputada por el Marqués de
Camarasa y de Parga y Don Pedro Ramón Pardo Osorio, para dirimir si estaba o no incluida en el foro otorgado a Juan Cancelo y su mujer" (ib., pgs. 10-11).
El topónimo Insua en Galicia designa no sólo un terreno rodeado por agua, a veces formado por aluvión fluvial, sino también una propiedad agrícola aislada del entorno mediante sebes vegetales o cómaros, etc. En el documento que traemos a colación, la propiedad denominada insua es una característica agra, un labradío dividido en franjas con camino medianero de acceso a las parcelas y cuyo contorno, normalmente redondeado, está cerrado por un seto.
Muy probablemente es este sentido exclusivamente gallego de insua como agra el que ha de aplicarse para definir las características de la propiedad que obtuvo Sancho Panza cuando pasó a gobernar la Ínsula Barataria. Normalmente se considera que Cervantes utilizó la palabra ínsula como arcaísmo tomado de las novelas de caballerías, del latín insula = isla (Martín de Riquer, Aproximación al Quijote, 1967, pg. 154), lo que resulta muy extraño, porque la Ínsula Barataria cervantina no es precisamente una isla, sino una propiedad rústica. Jugaba el autor malévolamente con el doble sentido de ínsula como arcaísmo latino, "isla", y como galleguismo, "agra, labradío", mucho más adecuado para Sancho. Y nos llama la atención que Cervantes conociese esta denominación galaica de las agras, siendo de Alcalá de Henares...
La insua de Balai en el Mapa del Vuelo Americano de 1956-1957.
Otra insua en la zona: A Insua, al este de Loureda (Arteixo), junto a Morás.
La insularidad de las agras podría deberse, más que a su cierre o aislamiento perimetral, o quizá a algún sistema de regadío, al derecho romano, que permitía la propiedad sobre la insula in flumine nata a los dueños de los territorios ribereños contiguos. Suponemos, entonces, un desplazamiento "por flotación" de la insula in flumine nata, en el sentido de predio rústico sobre el que se ejerce el derecho de propiedad, desde su situación original en la ribera fluvial hacia el interior. La forma y división de estos recintos (agras - insuas) sería, por lo tanto, de origen tardorromano o altomedieval.
Muy buena entrada, soy vecino, permiteme que comparta
ResponderEliminarGracias por compartirlo!
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