Un castro no es un castro
Virgilio Fernández Acebo en su interesante estudio sobre "El término 'castro' en la Península Ibérica y expresiones afines europeas" (Castros y castra en Cantabria. Fortificaciones desde los orígenes de la Edad del Hierro a las guerras con Roma, 2010, coords. Serna Gancedo, Martínez Velasco y Fernández Acebo) analiza la posibilidad de que el término castro y parte de la toponimia con él relacionada (cuando no sea de introducción moderna) tenga un origen prerromano en relación con la raíz indoeuropea k̂es-, "cortar", que se encuentra por ejemplo en lenguas itálicas como el osco y el umbro con el sentido de "fundo, tierra separada" (v. Diccionario de Pokorny raíz k̂es-).
Entre las acepciones que recoge el autor, aunque no le preste demasiada atención, se encuentra la que se refiere al juego que en Galicia se conoce como mariola: en zonas adyacentes al territorio castreño astur-galaico (Cantabria, Palencia, Zamora y León) se denomina juego del castro (fuente: Wikipedia). Todos hemos jugado alguna vez a la mariola dibujando su cuadrícula con una tiza en el suelo.
Cuadrícula del juego del castro. Figura una parcelación o división de tierras.
El autor señala que en Cantabria y la meseta el término castro no tiene acepciones relacionadas con "restos ruinosos, sean arqueológicos, arquitectónicos o militares", mientras que en Galicia y Asturias sí aparecen estas acepciones, "lo que sugiere que tal vez [...] haya influido la reintroducción erudita de los últimos siglos, sobre todo desde el Romanticismo" en la formación de estos contenidos (ib., pg. 48). Así pues, parece posible partir de la tesis de que el sentido de fortificación no es el significado original de la palabra castro de origen prerromano. ¿Cuál sería?
A. Fabretti en su Corpus inscriptionum italicarum antiquioris aevi... indicaba que el umbro castrvo / kastruvu eran "campos, praedia, fundos" (1867, pg. 801), lo que encaja con el significado de la raíz indoeuropea k̂es-, "cortar [el territorio], separar, parcelar", y explica el diseño de la cuadrícula del juego del castro, que imitaría las formas del parcelario, así como el nombre del juego por usar un campo parcelado (castro). Todo ello no dejaría de ser una hipótesis interesante, aunque improbable, si no viniese la microtoponimia a echarnos una mano, mostrándonos salpicadas aquí y allá leiras llamadas Castro o Castros en lugares en los cuales no hubo ningún castro.
Castro de Narla denominado propiamente Chousa, rodeado de microtopónimos Castro aplicados a distintas parcelas; al este, Pacios, con una parcela denominada Castros, sin restos de castro alguno. Entre la Chousa y Pacios, un amplio espacio destinado al ganado, Armenteiro (latín armenta, "ganado mayor, ganado bovino").
Con la propuesta que formulamos aquí estamos probando la hipótesis de que el término prerromano castro (raíz paleoeuropea k̂es, "cortar") haya designado originalmente el primitivo fundo, un paisaje recortado, el arcaico paisaje de bocage que identificó Bouhier en el norte de Galicia y que seguramente estuvo extendido por toda ella: los primeros fundos territoriales, predios que se iban separando del paisaje natural, escindiendo, cortando, castrando la naturaleza. La aplicación del término castro a la chousa o recinto habitacional puede ser un uso tardío por contaminación con el significado del término latino hermano castra, "campamento militar, fortificación", o bien una especialización secundaria del significado amplio de castro como territorio escindido o separado, que comprendía también el asentamiento humano correspondiente.
En este sentido etimológico el paisaje gallego sería un paisaje castrado, recortado. Poco queda del paisaje natural primitivo más que la composición de algunos setos que bordean los recortes del parcelario del norte. Bouhier (1) consideraba que el paisaje de agras que caracterizaba Galicia (salvo al norte de A Coruña y Lugo, de bocage o setos) guardaba alguna relación con la castrisation o proliferación de castros en nuestro territorio; tras este breve examen de la etimología del término castro parece que la peculiaridad de nuestro paisaje fuertemente antropizado se debe, mejor, a la castración.
Expresiones medievales como "villa de Abiti de radice de illo castro" (Samos, año 1098) no se referirán, entonces, al castro como fortificación ni a la situación de la villa bajo él (2), sino al territorio, predio o fundo escindido; en este caso la villa de A Vide (Monforte de Lemos) ocuparía una parte del mismo y pertenecería jurídicamente a él (sentido jurídico de radice relativo a los bienes raíces o territoriales, inalienables). Asimismo, la frase preposicional subtus castro, que aparece con frecuencia en los documentos medievales, podría indicar sujeción jurídica al territorio, no situación al pie de ningún recinto fortificado. En pleno siglo XI seguiría funcionando la unidad territorial prerromana, adscribiéndose las villas a ella.
Varela Sieiro (Léxico cotián na Alta Idade Media de Galicia, 2008, pg. 59), aún partiendo del sentido que se le viene dando al término castro como recinto fortificado, recoge algunas acepciones singulares que encuentra en la documentación medieval, que se entenderían mejor desde la propuesta que formulamos (castro como agro parcelado, fundo): "per montem de Karrion et per campum uel castrum Camposancos, pensamos que castrum se refira só a un terreo ou zona elevada pero sen elementos habitacionais".
Otra acepción singular que encontramos es la que figura en un documento del año 1217 en el cual se coordinan los sustantivos castro y celeiro en varias ocasiones, indicando que son elementos de un mismo tipo, estrechamente relacionados: "castra et cellaria teneantur de manibus earum" (CODOLGA). Esto explicaría, desde nuestro punto de vista, la observación que realiza Lima Oliveira sobre la excavación del poblado del Bronce Final de Monte Buxel (Pazos de Borbén): "La zona se denomina Castro, pero no ha sido posible localizar ninguna estructura arqueológica correspondiente a un yacimiento de este tipo en las inmediaciones. Además, la baja densidad del uso del suelo en la zona hace poco probable que se debiera sospechar la existencia de un antiguo castro arrasado por labores agrícolas" (Elena Lima Oliveira, Excavación del yacimiento de Monte Buxel, TAPA, 2002, pg. 13). Lo que aparece en este yacimiento denominado Castro son restos de varias fosas globulares, silos de almacenamiento de cereal o celeiros, que formarían el complejo agrícola del castro.
O la acepción que se deduce de un documento del año 1482 del Índice de documentos do Mosteiro de San Salvador de Lourenzá (fol. 184r) en el que se afora en Forxa (San Tomé de Lourenzá) una "leyra de heredad con su castro, en que tenía la era". Cabe la posibilidad de que fuese un recinto fortificado reutilizado como eira, pero también que sea indicio de la existencia de castros como recintos agroganaderos, núcleos de un parcelario arcaico.
Expresiones medievales como "villa de Abiti de radice de illo castro" (Samos, año 1098) no se referirán, entonces, al castro como fortificación ni a la situación de la villa bajo él (2), sino al territorio, predio o fundo escindido; en este caso la villa de A Vide (Monforte de Lemos) ocuparía una parte del mismo y pertenecería jurídicamente a él (sentido jurídico de radice relativo a los bienes raíces o territoriales, inalienables). Asimismo, la frase preposicional subtus castro, que aparece con frecuencia en los documentos medievales, podría indicar sujeción jurídica al territorio, no situación al pie de ningún recinto fortificado. En pleno siglo XI seguiría funcionando la unidad territorial prerromana, adscribiéndose las villas a ella.
Varela Sieiro (Léxico cotián na Alta Idade Media de Galicia, 2008, pg. 59), aún partiendo del sentido que se le viene dando al término castro como recinto fortificado, recoge algunas acepciones singulares que encuentra en la documentación medieval, que se entenderían mejor desde la propuesta que formulamos (castro como agro parcelado, fundo): "per montem de Karrion et per campum uel castrum Camposancos, pensamos que castrum se refira só a un terreo ou zona elevada pero sen elementos habitacionais".
¿Castros o celeiros?
Otra acepción singular que encontramos es la que figura en un documento del año 1217 en el cual se coordinan los sustantivos castro y celeiro en varias ocasiones, indicando que son elementos de un mismo tipo, estrechamente relacionados: "castra et cellaria teneantur de manibus earum" (CODOLGA). Esto explicaría, desde nuestro punto de vista, la observación que realiza Lima Oliveira sobre la excavación del poblado del Bronce Final de Monte Buxel (Pazos de Borbén): "La zona se denomina Castro, pero no ha sido posible localizar ninguna estructura arqueológica correspondiente a un yacimiento de este tipo en las inmediaciones. Además, la baja densidad del uso del suelo en la zona hace poco probable que se debiera sospechar la existencia de un antiguo castro arrasado por labores agrícolas" (Elena Lima Oliveira, Excavación del yacimiento de Monte Buxel, TAPA, 2002, pg. 13). Lo que aparece en este yacimiento denominado Castro son restos de varias fosas globulares, silos de almacenamiento de cereal o celeiros, que formarían el complejo agrícola del castro.
Un cacho es un cacho
Esta propuesta que acabamos de exponer encaja con la de J. Piel (3), que hacía provenir la toponimia Cacho- / Cascho- de castulum, de la misma raíz paleoeuropea k̂es, "cortar", que estamos comentando. Pero hay que advertir que el autor se ceñia al aspecto defensivo y habitacional de esta serie (Cachousende = "fortificação de Ousende"; Cachoufe = "o castro de Oufe"). Nosotros, por el contrario, afirmamos que un cacho es un cacho, pedazo, o parcela, como se encarga de demostrar la microtoponimia. Con esto se aclara definitivamente el significado primitivo del término castro, que sería básicamente el mismo que el de cacho.
Cachos de A Torre de Labrada; en la parte superior y central, el Castro de A Torre de Labrada.
(C) Visor PBA de la Xunta de Galicia, capa del Vuelo Americano de 1956-57.
Cardo y decumano de un castro
Cambiando ligeramente la comprensión de lo que fue un castro, necesariamente se modifican algunas consideraciones previas. Por ejemplo, el topónimo Cruz do Castro indicará el punto donde se cruzan el cardo y el decumano de la parcelación territorial, tal y como puede verse en la fotografía aérea del Castro de Vilanova (Sobrado).
(2) Carlos Lixó Gómez, "Os castros no tempo das villae. Funcións non militares dos castros no val de Sarria na Alta Idade Media", Cuadernos de Estudios Gallegos, nº 131, 2018. Dice: "A preposición escolleita, de radice, indícanos de maneira literal a
situación do castro en altura".
(3) Manuel Rodrigues Lapa, Miscelânea de língua e literatura portuguesa mediêval, 1965, pg. 445.
(3) Manuel Rodrigues Lapa, Miscelânea de língua e literatura portuguesa mediêval, 1965, pg. 445.
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